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Así cambian las reglas para menores en internet: plataformas y colegios tendrán nuevas obligaciones

El Decreto 769 fija medidas para plataformas, aplicaciones, colegios y familias frente a los riesgos digitales que afectan a menores.
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El Gobierno nacional expidió el Decreto 0769 de 2026, que reglamenta la Ley 2489 de 2025 y establece medidas para proteger a niños, niñas y adolescentes en internet. La norma involucra a plataformas digitales, desarrolladores, instituciones educativas, entidades estatales y familias.

El decreto incorpora un nuevo título al reglamento del sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Su propósito es prevenir riesgos como el ciberacoso, la explotación sexual, la exposición a contenidos inapropiados, el uso indebido de datos personales y el reclutamiento mediante medios digitales.

Verificación de edad y controles parentales

Las nuevas disposiciones cobijan a desarrolladores y proveedores de aplicaciones, videojuegos, sistemas de inteligencia artificial y plataformas digitales cuyos productos puedan ser utilizados por menores de edad en Colombia. Las obligaciones se aplicarán de manera diferenciada, según el servicio, el nivel de riesgo y la capacidad técnica de cada empresa.

Entre las medidas previstas se encuentra la implementación de mecanismos de verificación de edad, ajustados al riesgo de cada servicio y sujetos a las normas colombianas de protección de datos. El decreto no determina un único método para realizar esta comprobación, pues los criterios técnicos deberán ser definidos posteriormente por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Las plataformas también deberán ofrecer herramientas de control parental, adoptar estándares de seguridad y privacidad desde el diseño y facilitar canales visibles para presentar quejas o reportar contenidos. Cuando se identifique material relacionado con explotación o abuso sexual infantil, el reporte ante la Fiscalía General de la Nación deberá realizarse de inmediato.

Además, las empresas cobijadas deberán enviar al MinTIC un informe semestral sobre los avances en la implementación de medidas de protección y diseño seguro. Este reporte deberá incluir un análisis de los riesgos asociados al funcionamiento de sus servicios.

La norma no establece una prohibición general para que los menores de determinada edad ingresen a redes sociales. Tampoco autoriza la vigilancia indiscriminada de conversaciones, el debilitamiento del cifrado o el bloqueo generalizado de plataformas.

Colegios deberán actualizar sus protocolos

Las instituciones educativas tendrán que incorporar los lineamientos que definan los ministerios de Educación y de Tecnologías de la Información en sus Proyectos Educativos Institucionales y manuales de convivencia. Las actualizaciones deberán incluir estrategias para prevenir riesgos en línea y protocolos de atención frente al ciberacoso y otras formas de violencia digital.

Los colegios también deberán organizar talleres para padres, cuidadores y representantes legales sobre el uso seguro de las tecnologías. Estas actividades tendrán que integrarse a las escuelas de familias y quedar incorporadas en el PEI de cada institución.

El decreto contempla, además, la creación de un repositorio de recursos en el portal Colombia Aprende. Los contenidos deberán ser gratuitos, no podrán incluir publicidad dirigida a menores ni exigir registros o datos personales como condición de acceso.

El MinTIC tendrá 12 meses desde la entrada en vigencia de la norma para expedir las definiciones técnicas y operativas, en coordinación con la Comisión de Regulación de Comunicaciones. El decreto comenzará a regir al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial, mientras que el Gobierno deberá presentar al Congreso un informe anual sobre su implementación antes del 6 de febrero de cada año.

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