Ley Laura: proyecto busca prohibir tratamientos de afirmación de género en menores de edad

La iniciativa, propone prohibir en menores de edad el uso de bloqueadores de pubertad, tratamientos hormonales y procedimientos quirúrgicos de afirmación de género. También contempla sanciones para médicos e instituciones de salud.
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Prensa Representante Carol Borda

Las congresistas Sara Castellanos y Carol Borda, junto con el representante a la Cámara Luis Miguel López Aristizábal, radicaron ante el Congreso de la República un proyecto que busca prohibir determinados procedimientos médicos de afirmación de género en menores de edad.

La iniciativa lleva por nombre “Ley Laura – Niños No Experimento” y plantea impedir el suministro de bloqueadores de la pubertad, tratamientos hormonales de afirmación de género y procedimientos quirúrgicos de este tipo a niños, niñas y adolescentes.

¿Por qué se llama Ley Laura?

El proyecto toma el nombre de Laura, una joven cuyo caso es presentado por los autores de la iniciativa como uno de los argumentos para impulsar la nueva regulación.

De acuerdo con el comunicado divulgado por las congresistas, Laura sostiene que cuando tenía 15 años fue diagnosticada con disforia de género en la Fundación Valle del Lili, en Cali, y posteriormente recibió una prescripción de testosterona. Según su relato, durante ese proceso no habrían sido consideradas adecuadamente otras circunstancias de su historia personal y de salud.

El caso hace parte de la discusión que los congresistas quieren llevar al Legislativo sobre la capacidad de los menores para tomar decisiones relacionadas con procedimientos médicos que, según los promotores, podrían generar efectos de largo plazo.

¿Qué propone la Ley Laura?

Uno de los principales puntos del proyecto es establecer restricciones directas para los profesionales de la salud que practiquen, ordenen o faciliten los procedimientos incluidos dentro de la prohibición.

De aprobarse en los términos planteados, un médico que incumpla la norma podría incurrir en una falta grave contra la ética médica y ser investigado de acuerdo con los mecanismos establecidos en la Ley 23 de 1981.

Las sanciones podrían llegar, dependiendo de la gravedad de la conducta y de una eventual reincidencia, hasta la suspensión del ejercicio de la medicina por un máximo de cinco años.

Las consecuencias no estarían limitadas a los profesionales.

Las IPS y EPS que autoricen, financien, faciliten o toleren los procedimientos contemplados por la iniciativa también podrían enfrentar sanciones administrativas de la Superintendencia Nacional de Salud, e incluso la suspensión o revocatoria de su certificado de habilitación.

La iniciativa está dirigida exclusivamente a menores

Las promotoras del proyecto han insistido en que las restricciones propuestas se aplicarían exclusivamente a personas menores de 18 años y no modificarían el acceso de los adultos a estos procedimientos.

Según Borda y Castellanos, el objetivo es establecer límites frente a intervenciones médicas que pueden tener efectos importantes y, en determinados casos, consecuencias permanentes.

La discusión se concentra especialmente en los bloqueadores de la pubertad y los tratamientos hormonales.

El documento presentado por las congresistas cita análisis sobre la calidad metodológica de los estudios disponibles y menciona posibles efectos relacionados con la fertilidad y la función reproductiva. También señala que los supresores de pubertad pueden ser utilizados desde etapas tempranas del desarrollo.

¿Qué dicen sobre la evidencia científica?

Entre los argumentos incluidos por los promotores también aparece la Guía de Práctica Clínica para la atención integral en salud y afirmación de género de personas trans, publicada por el Ministerio de Salud.

El comunicado destaca que la propia guía reconoce que parte de la evidencia disponible sobre determinadas intervenciones es de calidad baja o muy baja y plantea la necesidad de ampliar el seguimiento de sus efectos a largo plazo.

Para la representante Carol Borda, esta incertidumbre justifica la aplicación de un principio de precaución cuando se trata de menores.

La congresista también sostiene que el proyecto no pretende desconocer los problemas emocionales o psicológicos que pueden experimentar niños y adolescentes con disforia de género, sino priorizar otras formas de atención.

En ese sentido, Borda aseguró que la propuesta plantea fortalecer el acompañamiento psicológico y la atención integral en salud mental.

El debate internacional sobre estos tratamientos

Los autores de la Ley Laura también recurren a experiencias internacionales para justificar la propuesta.

El comunicado menciona a países como Suecia, Finlandia y Noruega, que en los últimos años han revisado sus protocolos de atención para menores y establecido criterios más restrictivos frente a algunas intervenciones médicas relacionadas con la afirmación de género.

Sin embargo, la atención médica a menores con disforia de género continúa siendo objeto de discusión científica, médica, jurídica y política en distintos países, con posiciones divergentes sobre el alcance de los tratamientos y las condiciones bajo las cuales deberían utilizarse.

Ahora comienza el debate en el Congreso

Con su radicación, la Ley Laura – Niños No Experimento inicia formalmente su trámite legislativo.

La iniciativa deberá superar los respectivos debates en Senado y Cámara antes de convertirse en ley.

Su discusión pondrá sobre la mesa asuntos como el principio de precaución, la autonomía progresiva de los menores, la evidencia científica disponible, la responsabilidad de los profesionales médicos y el papel del Estado en la protección de niños, niñas y adolescentes frente a procedimientos médicos de afirmación de género.

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